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El
Real
Decreto
140/2003,
de
7
de
febrero,
por
el
que
se
establecen
los
criterios
sanitarios
de
la
calidad
del
agua
de
consumo
humano,
en
su
artículo
18.5,
establece
que
"cada
gestor
del
abastecimiento
o
parte
del
mismo
elaborará,
antes
del
1
de
enero
de
2005,
un
Protocolo
de
Autocontrol
y Gestión del abastecimiento”
.
En
este
protocolo
deberá
incluirse
todo
lo
relacionado
con
el
control
de
la
calidad
del
agua
de
consumo
humano
y
el
control
sobre
el
abastecimiento
y
deberá
estar
a
disposición
de
la
autoridad
sanitaria
y
en
concordancia
con
el
Programa
Autonómico
de
Vigilancia
Sanitaria del Agua de Consumo Humano
.
JM PLASEGES AGUA ofrece el servicio de elaboración del PAG y
el mantenimiento del mismo de manera conjunta al Control
Sanitario. También, si así se desea, se puede solicitar de manera
individual tanto su elaboración, su elaboración y mantenimiento o,
solamente, su mantenimiento.
Para el caso de la contratación individual del PAG será siempre necesario mantener
una estrecha y continua relación con el cliente, con objeto de que éste nos haga
llegar toda la información relativa a los resultados de las analíticas de laboratorio y
de los análisis in situ de cloro, pH, y organolépticos realizados durante el mes, así
como comunicar cualquier incidencia, cambios realizados en las redes de
abastecimiento, limpieza de depósitos, etc.
protocolo PAG